En fecha 1 de agosto de 2024 adquirí a la firma Alianz Autora SA, Autora o Grupo ANZ, según surja de la documentación comercial, un vehículo usado dominio AC649CM. La operación se realizó como consumidora final frente a una empresa profesional dedicada a la compraventa de automotores usados.
El vehículo fue entregado como apto para circular y transferir, sin que se me informara la existencia de multas, infracciones, deudas o contingencias administrativas anteriores a la compra.
Con posterioridad, al intentar realizar una nueva operación de venta y transferencia del vehículo, surgieron infracciones de tránsito correspondientes a la Provincia de Córdoba, todas anteriores a mi fecha de adquisición, por la suma total de $445.062,45.
El día lunes 11 de mayo de 2026 me comuniqué con la empresa para solicitar una solución, pero sólo recibí respuestas dilatorias, sin ofrecimiento concreto ni reparación efectiva. Finalmente, el día jueves 14 de mayo de 2026 concreté la venta del vehículo y el comprador me descontó del precio el importe de dichas multas, por lo que terminé soportando económicamente infracciones que no generé y que correspondían a un período anterior a mi compra.
La empresa pretende deslindar responsabilidad en el titular anterior, pero yo no contraté con dicho titular sino con la empresa denunciada, proveedora profesional. Si la empresa tiene un reclamo interno contra el anterior dueño, ello no puede trasladarse a mi parte como consumidora.
Denuncio incumplimiento del deber de información, afectación de mis intereses económicos, falta de solución adecuada, trato indigno e incumplimiento contractual en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor y del Código Civil y Comercial.

