El ministerio público sostuvo que son improcedentes y carentes de sustento. 11 personas están acusadas de implementar maniobras para apoderarse de propiedades en varias localidades de la provincia. La estafa superaría los 4 millones de dólares.
El fiscal de Instrucción N° 1, Francisco Assat Alí pidió que se rechacen los planteos de nulidad y la falta de acción que formularon los abogados de los 11 imputados en la megacausa que investiga delitos de asociación ilícita, estafa procesal, falsificación de documentos públicos y privados y su utilización en procedimientos judiciales.
El funcionario representante del ministerio Público Fiscal calificó los pedidos como “improcedentes y carentes de sustento”.
En la investigación están acusados el abogado considerado líder de la organización, Juan Cruz Domínguez, Hugo Guzmán, Juan Sosa, Alberto Ochoa, Pablo Herrera, María de los Ángeles Toscano, Mario Vega, Carlos Peralta, Roberto Gordillo, Héctor Escobar y Walter Terceros.
Los abogados Guillermo Sánchez Pagano, Andrés Fernández, Hugo Scarso y Carlos Varela se presentaron en la audiencia de este martes ante la jueza de Garantía N° 4, Luciana Banó.
Los dos primeros, representantes de Herrera y Toscano, pidieron la nulidad de las actuaciones y la falta de sustento de las imputaciones. Indicaron que el Superior Tribunal de Justicia autorizó un “ingreso ilegal” al sistema del Poder Judicial, lo que consideró como un “allanamiento digital”. Según afirmó Sánchez Pagano, esta irregularidad “viola garantías constitucionales y activa la teoría del fruto del árbol envenenado por lo que todos los actos derivados serían nulos”.
Además, dijo que se vulneró el derecho de defensa, ya que sus representados no fueron notificados oportunamente por la fiscalía y estuvieron dos años sin poder presentar pruebas, nombrar peritos ni participar en pericias.
Asimismo, expuso que la investigación “viola garantías constitucionales” y que las auditorías “no configuran delitos, ya que incluyen causas prescriptas, archivadas, civiles o con reparación integral”.
Por último, cuestionaron la participación de los particulares damnificados y pidieron que las siete auditorías incorporadas sean declaradas de nulidad absoluta.
Scarso y Varela, defensores de Domínguez, afirmaron que la causa “no debe tenerse en cuenta” desde su inicio. Sostuvieron que el Superior Tribunal “autorizó un ingreso irregular al sistema Iurix” y eso “constituye una violación al secreto profesional”.
En la misma línea, Scarso dijo que existe un recurso de inconstitucionalidad en trámite por lo que el proceso “puede avanzar hasta un eventual debate oral, generando un grave riesgo de invalidez” y cuestionó la “pasividad del Colegio de Abogados” y la forma en que se notificó un allanamiento al estudio de su defendido.
Por su parte, Varela, mostró su rechazo por los delitos imputados y explicó que para él, la estafa requiere un perjuicio concreto que es “inexistente en la causa” y mencionó que hubo “irregularidades” como expedientes prescriptos, con cosa juzgada, caducidades y violaciones al principio de “non bis in idem” (no ser juzgado dos veces por lo mismo) y la intimidad de personas ajenas al proceso, como el hijo de su defendido, cuya denuncia por un asalto fue incluida en el legajo sin relación con la investigación.
En otro de sus pasajes, criticó la incorporación de causas civiles porque, a su entender, “vulneran derechos fundamentales” y remarcó que “no corresponde llevar al fuero penal asuntos ya resueltos en sede civil y que la acusación carece de sustento”.
El rechazo de la fiscalía
Acompañado por la fiscal Adjunta, Ornella Costa, Assat Alí habló del “allanamiento digital” y recordó que un planteo idéntico resuelto por el Tribunal de Impugnaciones el 9 de diciembre de 2024, que rechazó la nulidad solicitada en aquella oportunidad y convalidó la actuación del Superior Tribunal al haber autorizado informes limitados a expedientes públicos.
Respecto a la supuesta violación del derecho de defensa, opinó que la investigación preliminar “no exige notificación a los imputados”, y que recién cuando fueron formalmente individualizados (hace un mes) “se les comunicaron los hechos en detalle”.
Agregó que, desde ese momento, los abogados defensores tuvieron la oportunidad de producir pruebas, designar peritos y presentar descargos.
Aclaró que la figura de asociación ilícita “constituye una única conducta, aunque se componga de diversos hechos” y declaró que “algunos archivos invocados por la defensa no extinguen la acción penal” ya que “puede reabrirse si surgen nuevos elementos, como ocurrió al vincular cronológicamente múltiples denuncias que ahora dan sentido a la imputación por asociación ilícita”.
En otro de sus pasajes hizo referencia a la formulación de cargos y afirmó que es “provisoria” y que la investigación penal preparatoria “recién comienza”, por lo tanto, los abogados “deben ejercer sus facultades probatorias en este marco y no intentar paralizar la pesquisa con nulidades infundadas”.
La jueza Banó emitirá una decisión en un plazo de 48 horas y dictaminará a favor o en contra de la presentación.
La causa
La asociación estaría vinculada a 20 hechos de apropiación fraudulenta de inmuebles como predios, lotes, campos y viviendas en distintas localidades de la provincia entre las que se encuentran la ciudad de San Luis, El Volcán, El Chorrillo, Potrero de los Funes, Merlo, Luján, Los Vallecitos y Nogolí.
Los acusados desplegaron un mecanismo muy bien calculado y sostenido en el tiempo, con división de roles y rotación de funciones.
La maniobra incluía la simulación de procesos sucesorios y cesiones de derechos, sustentadas en documentación apócrifa, con el objetivo de iniciar juicios de escrituración. Mediante este engaño a la Justicia, se obtenían sentencias engañosas que otorgaban la titularidad de dominio y la inscripción en el Registro de la Propiedad a favor de los imputados. Para ello se fabricaron boletos de compraventa, denuncias policiales, certificaciones notariales, pagarés, comprobantes impositivos y timbrados falsificados.
Para la fiscalía existe un elemento clave: se trata de los domicilios denominados “seguros” o “controlados”, que en realidad correspondían a miembros de la propia organización. Gracias a ellos, se evitaba que los verdaderos propietarios recibieran notificaciones judiciales y fueran declarados en rebeldía, allanando el camino para que los jueces, actuando de buena fe pero bajo engaño, dictaran resoluciones favorables.
Assat Alí estimó que el perjuicio económico supera los 4 millones de dólares en inmuebles.