Mandaron a la cárcel al hombre que quemó el colchón con un encendedor e incendió la casa de su pareja

Redaccion
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Este martes el juez Alfredo Cuello ordenó la prisión preventiva por el término de 120 días para el agresor de 30 años.

Se venció la prórroga de detención de Cristian Reynoso, y este martes se realizó una nueva audiencia donde se ratificaron los cargos  por los delitos de coacción e incendio y por violación de domicilio, amenazas, lesiones leves agravadas por mediar contexto de género y hurto simple, todo en concurso real. El juez Alfredo Cuello ordenó la prisión preventiva, en los términos solicitados por la Fiscalía, y su traslado al Servicio Penitenciario Provincial por cuatro meses.

El hombre fue detenido pocas horas después del 8 de octubre cuando incendió la casa de su pareja, en el barrio Eva Perón I, donde ambos viven con un hijo de 8 años. Ella pudo escapar antes de que la vivienda ardiera y poner en resguardo al menor. El acusado por la fuerza se llevó al pequeño que estaba al cuidado de una tía, y además agredió a la mujer.

La Fiscalía de Instrucción Penal en Contexto de Género, a cargo de Nayla Cabrera sostuvo que en el transcurso de la prórroga de detención se incorporaron nuevas evidencias como por ejemplo el informe de evaluación de riesgo, y aportó que las víctimas no habían acudido a declarar por temor a represalias. Al momento de pedir la medida más gravosa fundamentó que que hay graves riesgos procesales, el peligro para la víctima y su entorno familiar, la necesidad de resguardar al niño, el peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

Las defensoras oficiales, Silvia Morán y Ximena Bertoli pidieron que se evaluara el consumo problemático que sufre el hombre, y dijeron que en este hecho no se configuró el dolo: que el imputado quiso atentar contra su propia vida y que no existió el elemento subjetivo para imputar la coacción que se pretende. Requirieron que se apliquen medidas morigeradas.

En relación a las lesiones manifestaron que se trató de un hecho aislado y que no existe el agravante de la violencia de género. Con respecto a las amenazas plantearon que no se dan los elementos subjetivos ni objetivos, y en cuanto a los delitos de hurto y violación de domicilio agregaron que se valoraron dos tipos penales en una sola circunstancia.

El día de los hechos, según la teoría planteada por el Ministerio Público, Reynoso regresó a su casa del barrio Eva Perón 1 la madrugada del 8 de octubre, luego de estar ausente por varias horas. Le pidió a su mujer que saliera a comprarle vino y drogas, y unas horas más tarde, cuando la mujer se preparaba junto a su hijo para asistir a un turno médico, le dijo que si no regresaba prendería fuego la casa.

Cuando la mujer se retiró la casa comenzó a arder. Reynoso inició el incendio con un encendedor en la cama matrimonial y la combustión fue rápida, debido a la gran cantidad de madera existente en el lugar. El incendio provocó la pérdida total de muebles y bienes personales.

Luego, continuó con otro episodio violento, cuando se dirigió al domicilio donde viven su suegro y sus cuñados, en la calle Juan B. Justo al 700. Hasta ese lugar habían llevado a su hijo para resguardarlo de la situación y fue allí que atacó con un golpe de puño a su cuñada, la amenazó  y cuando se retiraba del lugar, se apoderó de un parlante.

Reynoso se subió junto a su hijo en un remis y se dirigió hasta lo de su madre, donde fue finalmente aprehendido por personal policial.

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