El magistrado solo le había impuesto una restricción a Juan Manuel Cortez, de 39 años, para que no se acercara a la víctima y a los cuatro hijos de ella. Pero, a pedido de la fiscal, un Tribunal revisó esa medida y resolvió enviarlo al Penal solo por dos meses.
Luego de la audiencia del 26 de septiembre, parecía que Juan Manuel Cortez había zafado una vez más de la Justicia. Según su ex pareja, la atacó en diversas oportunidades, la sometió no solo a violencia física, sino también psicológica, incluso frente a sus cuatro hijos. La última vez ya no lo soportó más. Le había dado una trompada en el rostro tan potente, que casi le destroza la mandíbula. La mujer fue hasta la Policía a denunciarlo, con la idea de que en la Justicia encontraría un amparo. Pero después, de unos pocos días de arresto, el hombre fue liberado.
La fiscal Nayla Cabrera Muñoz, a cargo de la Fiscalía en lo Penal con intervención en Contexto de Género, Diversidad Sexual, Infancias y Adultos Mayores de Villa Mercedes, pidió la prisión preventiva porque entendía que, en libertad, el hombre era un peligro para la víctima y sus hijos, quien se había animado a denunciarlo después de tantos maltratos. Pero el juez de Garantías 1, Alfredo Cuello, consideró que el encierro no era necesario y bastaría con imponerle una restricción de acercamiento hacia la damnificada y su familia. Una semana después un Tribunal revisó la resolución del magistrado y concluyó exactamente lo contrario. Por eso decidió hacer lugar al pedido de la fiscal instructora y envió al Servicio Penitenciario de San Luis a Cortez. Pero será, en principio, solo por los siguientes dos meses.
El hombre de 39 años está imputado de “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar contexto de violencia de género”, “desobediencia a una orden judicial”, “daños” y “amenazas” en concurso real. El Tribunal de Impugnación, conformado por los jueces Hernán Herrera, María Monserrath Bocca y Marcelo Bustamante Marone, consideró que el planteo de la Fiscalía era admisible, en esta parte de la investigación porque existe “una serie de evidencias que, concatenadas e integradas, alcanzan un grado de solidez suficiente, no sólo para la formulación de cargos, sino también para disponer el encierro cautelar”.
La víctima sufrió la última agresión el 19 de septiembre. Alguien alcanzó a llamar al 911 para pedir ayuda porque, en un domicilio de 1° de Mayo al 900, un hombre golpeaba a su expareja. Los patrulleros del Comando Radioeléctrico, como suele suceder, respondieron al aviso y fueron hasta el lugar referido.
Al llegar, en la casa solo estaba el agresor, que luego fue identificado como Cortez. La víctima, como pudo, había alcanzado a huir y ya estaba en la comisaría más cercana, para denunciar la golpiza.
Cuando los policías trataron de identificarlo, el hombre “se ofuscó”. Pero, pese a su resistencia, consiguieron reducirlo, aprehenderlo y trasladarlo a la Comisaría 10°, informaron los voceros de Relaciones Policiales, en su momento.
En la audiencia de formulación de cargos, la fiscal de instrucción mencionó los diferentes episodios violentos a los que Cortez sometió a su ex. Cabrera Muñoz remarcó “el extremo nivel de vulnerabilidad” en el que vive la mujer, así como el hecho de que sufrió no solo la violencia que deja signos en la piel, sino también aquella que marca psicológicamente. Por eso la funcionaria solicitó que interviniera la Defensora de Niñez, dado que esas agresiones también pusieron y ponen en riesgo “la integridad de cuatro niños, hijos de la denunciante con otra pareja”.
Respecto a la última paliza, señaló que el imputado le pegó una trompada en la mandíbula, pero aclaró que hubo otros hechos similares. El hombre, además, la celaba mucho. Llegó hasta romperle varios teléfonos celulares, para que no pudiera comunicarse con nadie. La funcionaria indicó que Cortez amenazó varias veces a la mujer. Eso último quedó confirmado por algunos mensajes que encontraron en su teléfono y por lo que dijeron algunos familiares de la damnificada.
Por todo eso, la representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) solicitó que sea encarcelado, porque consideraba que libre podría entorpecer la investigación, escapar y, ante todo, corría peligro la integridad física de la víctima y su entorno.
Las defensoras de Cortez, Noelia Páez y Ximena Bertoli, argumentaron, en cambio, que no era necesaria la prisión; bastaba con medidas más leves, como prohibirle que se acerque a su ex y la colocación de una tobillera electrónica. Dijo que no existía el peligro de fuga del que hablaba la fiscal porque su asistido tiene en la ciudad un domicilio fijo, trabajo y tres hijos de una relación anterior.
Después de escuchar todos los argumentos, el juez de Garantías resolvió no hacer lugar a la solicitud de prisión preventiva. El magistrado “no encontró absolutamente indispensable privar de la libertad al imputado” y, además, señaló que, si en el futuro un Tribunal lo condena, ni siquiera le espera la cárcel porque la pena podría ser de cumplimiento condicional, es decir, podría ser condenado, pero quedar libre.
Solo estableció “una prohibición de acercamiento y de todo tipo de contacto hacia la denunciante, sus hijos y hacia otros miembros del grupo familiar de la víctima, por el plazo de cuatro meses”.